La Prestación por Maternidad: un Dinero al que tienes Derecho
¿QUÉ Es la Prestación o el Subsidio Maternal?
Ante la pérdida de ingresos que se produce durante el descanso o permiso por maternidad, la acción protectora de la Seguridad Social prevé que la trabajadora o el trabajador, que se acoja a dicho descanso, pueda percibir un dinero como subsidio o prestación por maternidad.
Todo lo que necesitas saber sobre la Prestación o el Subsidio por Maternidad:
De aquí en adelante, advertiros que cuando nos refiramos al subsidio de maternidad, lo haremos en sentido amplio, es decir, quedan englobados en ese término todas las situaciones que dan derecho al subsidio o prestación: (maternidad biológica, por sustitución, adopción, acogimiento, tutela).
¿Cuándo se INICIA el derecho a la Prestación por Maternidad?
Desde el mismo día en el que el trabajador/a comienza el periodo de descanso por maternidad.
¿Cuál es la DURACIÓN de esta Prestación?
Se cobrará esta prestación mientras dure el descanso o permiso por maternidad.
¿CUÁNTO vas a cobrar durante el Permiso de Maternidad?
La cuantía que percibirá el trabajador durante este periodo, será del 100% de la base reguladora que le correspondería por la prestación de Incapacidad Temporal por contingencias comunes.
O sea, cobrarás lo mismo que si estuvieses de Baja.
El padre también tiene derecho a cobrar la prestación maternal
Si el descanso de maternidad fuera disfrutado por los DOS progenitores, adoptantes o acogedores, cada uno cobrará un subsidio durante el tiempo que permanezca disfrutando del descanso.
En caso de que el trabajador disfrutara del permiso de maternidad a Tiempo PARCIAL, la cuantía del subsidio se reducirá en proporción a la jornada laboral efectuada.
En los casos de Parto, Adopción o acogimiento MÚLTIPLES, se concede un subsidio especial por cada hijo o menor acogido, a partir del segundo, igual al que corresponde por el primero, durante el periodo de 6 semanas inmediatamente posteriores al parto o a la decisión administrativa o judicial por la que se constituya la adopción o acogimiento.
¿Qué REQUISITOS debes reunir para poder cobrar el Subsidio por Maternidad?
El primer requisito es estar dada de alta en la Seguridad Social o en situación asimilada a la del alta.
Deberás tener cotizados una serie de días que dependerá de la EDAD que tengas. Así:
Menores de 21 años:
No se exige ningún periodo de cotización
Mayores de 21 años y menores de 26 años
Se les exigirá:
– 90 días cotizados en los 7 años anteriores al inicio del descanso
ó
– 180 días cotizados durante toda la vida laboral del trabajador
Para mayores de 26 años
Deberán tener cotizados:
– 180 días cotizados en los 7 años anteriores al inicio del descanso
ó
– 360 días cotizados durante toda la vida laboral del trabajador
Esta edad deberán tenerla cumplida, en la fecha del parto o en la fecha de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o adopción.
Y si estoy trabajando como AUTÓNOMA
En el caso de los Trabajadores Autónomos, ADEMÁS de los requisitos anteriores, se les exigirá que estén al corriente en el pago de sus cotizaciones.
Si no lo estuvieran, se les hará una invitación al pago y una vez que se pongan al día en sus cotizaciones podrán percibir la prestación por maternidad.
¿Cuándo se extingue o ACABA el Subsidio de maternidad?
- Cuando se acabe el periodo máximo de descanso por maternidad.
- Cuando el beneficiario se incorpore voluntariamente a su puesto de trabajo, antes de que haya agotado el tiempo máximo de descanso.
- Si el descanso por maternidad fuera disfrutado en modalidad compartida, y uno de los beneficiarios se incorporase voluntariamente a su puesto de trabajo, podrá el otro beneficiario, disfrutar del tiempo de descanso que le restase al que renunció a él.
- Por fallecimiento del beneficiario.
En este caso, podrá el progenitor sobreviviente continuar disfrutando del descanso por el tiempo restante. - Por pasar el beneficiario a la condición de pensionista por jubilación o por incapacidad permanente para trabajar.
En este caso, podrá el otro progenitor disfrutar del descanso que restase